lunes, 17 de marzo de 2014

LA ALQUERÍA MUSULMANA DE MANUEL


                                             LA ALQUERÍA MUSULMANA DE MANUEL

                                               

El origen de muchas poblaciones de nuestro territorio arranca en la época islámica. Nuestra comarca es un ejemplo claro de este tipo de organización rural con alquerías, en la que habría más de cuarenta en la fecha de la conquista por el rey don Jaime I. En el entorno del actual Manuel estarían: Faldeta, Torreta, l´Abad, Sanç, l´Ènova, Roxeta, Benimexís, Cases de Mollá, Senyera, Tossalet, etc. Estos son los nombres como se las conoce en la actualidad por desconocer su denominación original en la época musulmana antes de la conquista cristiana. Con la posterior implantación del régimen feudal, hubo cantidad de cambios en la propiedad y algunas de ellas desaparecieron por motivos diversos como Roxeta, Benimexís y Cases de Mollar y otras se unieron entre sí con el paso del tiempo.                                                                                                                        
El asentamiento de la primitiva alquería de Manuel está en una “foia” (concavidad orográfica) dentro del espacio conocido en la actualidad como partida de “les foies”. Esta sería, en principio,  una explotación agrícola de secano, “diya”, otorgada a un clan familiar musulmán que se dedicaría a los cultivos de la vid, olivos y cereales. Este espacio irregular está formado por unas concavidades de dimensiones distintas entre una parte montañosa y la opuesta más alta.                                                                                                                                                                         
El poder del clan familiar de la “diya” determinaría la construcción del primer trazado de la  acequia comuna desde el azud de Torre de Lloris hasta las citadas “foies”. Así, se transformarían estas tierras en regadío con la consiguiente diversificación de los productos agrícolas hacia frutas y hortalizas más rentables y una mayor necesidad de mano de obra. Como consecuencia, determinaría el derecho absoluto de “les foies” sobre las aguas de esta acequia en el trazado y derivaciones posteriores.                                                                                                                                                                
Los seis núcleos de población, Manuel, Faldeta, Torreta, L´Abad, Sanç, y l´Ènova, asentados a lo largo del curso de la acequia comuna, es un caso único en la comarca por la extrema proximidad entre ellos. Las alquerías de Torreta y l´Abad, que hoy forman  parte de la población de Manuel, se constituirían posteriormente cuando se construyó la acequia y se incrementó la riqueza agrícola en la zona a través del regadío, ya que, en la agricultura de secano era inviable la acumulación de poblados separados por solo un centenar de metros. Además, la demarcación del espacio agrícola de los citados caseríos es diferente a los demás, rectangular, lo que resulta contradictorio con la frecuente irregularidad en las delimitaciones musulmanas. Y, al mismo tiempo, condicionado entre las acequias secundarias que riegan cada una de las explotaciones, lo que prueba su diseño en torno a ellas.
Es conocido que los musulmanes tomaron del derecho romano la forma de explotación de la tierra por enfiteusis, que ellos denominaban “la Iqta”. Forma jurídica por la que el estado o un propietario cedían a perpetuidad la explotación de la tierra a una familia con el pago de un canon conservando éstos la propiedad. Las condiciones para el mantenimiento y transmisión de las tierras a los herederos sería el pago del citado tributo anual.                                                   
El cultivo de la tierra en los latifundios de los nobles musulmanes estaría a cargo de campesinos árabes y principalmente esclavos cristianos. Pero, la forma de explotación más importante en el Este de la península (Shark  al-Andalus) sería la enfiteusis que continuó con los mudéjares y moriscos después de la conquista de don Jaime I.

Con la implantación del régimen feudal, la forma de aprovechamiento de la tierra sufrió una cierta alteración con la aplicación de la carta-puebla para la repoblación cristiana, aunque ésta también era una forma de enfiteusis. Pues, en las condiciones contenidas en ella, de la misma forma, se cedía al campesino casa y tierras para su cultivo y pago del canon anual. Si bien, el dueño del señorío (señor feudal) gozaba de otras prerrogativas que convertían al agricultor en siervo del señor. Esta relación social resultaba muy alejada de la libertad que gozaban los enfiteutas musulmanes que dependían únicamente del estado, a pesar de que la cesión de tierras la hubieran realizado con un propietario o noble musulmán, al estar protegidos por la ley coránica que impedía abusos en impuestos y en derechos a sus creyentes.

Después de la abolición del régimen señorial en la Constitución de 1812, la nueva forma jurídica daría mayor fuerza al campesino enfiteuta al pasar la carta-puebla, entre señor y vasallo, a ser un contrato entre particulares. De este modo, los conocidos arrendamientos históricos valencianos serían una continuidad de esta forma legal de poseer casa y explotar la tierra.                                                                                                                                                              
 
Este tipo de agricultura, con aplicación de la enfiteusis, crearía en la sociedad musulmana unos clanes familiares patriarcales cerrados en el entorno rural donde el derecho de explotación de los terrenos pasaría de padres a hijos varones que permanecían en el clan. A las mujeres se les permitía casarse con hombres de otro clan familiar mediante bodas acordadas, si bien, la mujer pasaba a vivir con la familia del marido.                                                                                                           

Esta forma de cesión de tierras debió ser muy importante en el Shark al-Andalus y ello  provocaría, en principio, la aparición de unidades de explotación de secano musulmanas “diyas. Pues, agricultura de secano y tierras abandonadas en su mayoría sería lo que encontrarían los árabes después de la invasión. Estas unidades familiares estaban formadas por una o varias casas que aumentaría su número en la medida que creciera el clan y lo permitiera el rendimiento de la explotación agrícola.                                                                                                

El aprovechamiento que hicieron los árabes de los ríos y aguas subterráneas para transformar las “diyas” en tierras de regadío, que multiplicaba el rendimiento de éstas, provocó en el Shark el nacimiento de gran cantidad de unidades de explotación de regadío, “qerías”. Lo cual permitía al estado musulmán incrementar la recaudación de impuestos al haber mayor número de contribuyentes. Estas “al-qerias” podían estar cercanas unas de otras y, sin embargo, presentar un enorme aislamiento debido a que podían estar formadas por clanes familiares distintos con posibles rivalidades. El nombre de las citadas “qerias” sería en muchos casos el del clan familiar.

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